lunes, 7 de marzo de 2011

TRATADOS COMERCIALES DE ARGENTINA

MERCOSUR (Mercado Común del Sur)
La República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay suscribieron el 26 de marzo de 1991 el Tratado de Asunción con el objeto de crear el Mercado Común del Sur, MERCOSUR. Los cuatro Estados Partes que conforman el MERCOSUR comparten una comunión de valores que encuentra expresión en sus sociedades democráticas, pluralistas, defensoras de las libertades fundamentales, de los derechos humanos, de la protección del medio ambiente y del desarrollo sustentable, así como su compromiso con la consolidación de la democracia, la seguridad jurídica, el combate a la pobreza y el desarrollo económico y social con equidad.

Con esa base fundamental de coincidencias, los socios buscaron la ampliación de las dimensiones de los respectivos mercados nacionales, a través de la integración, lo que constituye una condición fundamental para acelerar sus procesos de desarrollo económico con justicia social.

Así, el objetivo primordial del Tratado de Asunción es la integración de los cuatro Estados Partes a través de la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos, el establecimiento de un Arancel Externo Común (AEC) y la adopción de una política comercial común, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales y la armonización de legislaciones en las áreas pertinentes.

En la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto, de diciembre de 1994, se aprobó un Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - el Protocolo de Ouro Preto - por el que se establece la estructura institucional del MERCOSUR y se lo dota de personalidad jurídica internacional. En Ouro Preto se puso fin al período de transición y se adoptaron los instrumentos fundamentales de política comercial común que caracterizan a la Unión Aduanera.

Así, los Estados Partes se propusieron iniciar una nueva etapa, con miras a alcanzar un mercado único, que genere un mayor crecimiento económico de los Estados Partes a través del aprovechamiento de la especialización productiva, las economías de escala, la complementación comercial y el mayor poder negociador del bloque con otros bloques o países.

www.mercosur.org.uy
OMC (Organización Mundial de Comercio)
Los Acuerdos de la OMC obligan a los gobiernos a garantizar la transparencia de sus políticas comerciales notificando a la OMC las leyes en vigor y las medidas adoptadas. Diversos consejos y comités de la OMC tratan de asegurarse de que esas prescripciones se respeten y de que los Acuerdos de la OMC se apliquen debidamente. Todos los Miembros de la OMC están sujetos a un examen periódico de sus políticas y prácticas comerciales, y cada uno de esos exámenes contiene informes del país interesado y de la Secretaría de la OMC.
Argentina es miembro desde 1° de enero de 1995.Los Acuerdos de la OMC abarcan las mercancías, los servicios y la propiedad intelectual. En ellos se establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la solución de diferencias. Esos Acuerdos no son estáticos; son de vez en cuando objeto de nuevas negociaciones, y pueden añadirse al conjunto nuevos acuerdos. Muchos de ellos se están negociando actualmente en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo, iniciado por los Ministros de Comercio de los Miembros de la OMC en Doha (Qatar) en noviembre de 2001.
Los Acuerdos de la OMC contienen disposiciones especiales para los países en desarrollo, con inclusión de plazos más largos para aplicar los Acuerdos y los compromisos y de medidas para aumentar sus oportunidades comerciales, con objeto de ayudarles a crear capacidad comercial, solucionar diferencias y aplicar normas técnicas. La OMC organiza anualmente centenares de misiones de cooperación técnica a países en desarrollo. También organiza cada año en Ginebra numerosos cursos para funcionarios gubernamentales. La Ayuda para el Comercio tiene por objeto ayudar a los países en desarrollo a crear la capacidad técnica y la infraestructura que necesitan para aumentar su comercio.
La OMC mantiene un diálogo regular con organizaciones no gubernamentales, parlamentarios, otras organizaciones internacionales, los medios de comunicación y el público en general sobre diversos aspectos de la Organización y las negociaciones de Doha en curso, con el fin de aumentar la cooperación y mejorar el conocimiento de las actividades de la OMC.
www.wto.org

Acuerdo de Complementación Económica Argentina - Uruguay 
(AAP.CE Nº 57)
31 de marzo de 2003. Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de la República Oriental del Uruguay, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI),
CONSIDERANDO
Que el comercio bilateral del sector automotor se encuentra regulado en el marco del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica N° 1 (Ex CAUCE).
Que de acuerdo con lo establecido en el art. 1 del XXVIII Protocolo Adicional al mencionado Acuerdo, se modificó su cláusula de vigencia, estableciendo el cese de la misma a partir del treinta de abril de dos mil tres.
Que se hace necesario contar con un instrumento que respete en todos sus términos lo acordado oportunamente en materia de comercio automotor, hasta tanto se implemente el Acuerdo sobre Política Automotriz del MERCOSUR y se incorpore a los ordenamientos jurídicos nacionales,
CONVIENEN:
Artículo 1.- Celebrar el Acuerdo sobre Condiciones para el Comercio Bilateral Argentina-Uruguay para productos del sector automotor, que consta como anexo al presente.
Artículo 2.- El Acuerdo entrará en vigencia el primero de mayo de dos mil tres y permanecerá vigente hasta que se implemente el Acuerdo sobre la Política Automotriz del MERCOSUR y se incorpore a los ordenamientos jurídicos nacionales.
La Secretaría General de la ALADI será depositaria del presente Acuerdo del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.


Acuerdo de Complementación Económica No 55 entre México y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

SOBRE EL COMERCIO EN EL SECTOR AUTOMOTOR
ENTRE LA ARGENTINA Y MÉXICO
Ámbito de aplicación
Artículo 1°.- Las disposiciones contenidas en el presente Apéndice se aplicarán al intercambio comercial entre la Argentina y México (en adelante “las Partes”) de los bienes listados a continuación (en adelante “los Productos Automotores”), siempre que se trate de bienes nuevos comprendidos en las posiciones de la NALADISA, con sus respectivas descripciones, que figuran en el Anexo I (productos automotores incluidos en los literales a) a c) de este Apéndice.
a) automóviles;
b) camiones de peso total con carga máxima inferior o igual a 8 845 kg –ocho mil ochocientos cuarenta y cinco kilogramos- (vehículos, chasis con motor y cabina y carrocerías para estos vehículos);
c) tractores agrícolas, cosechadoras, máquinas agrícolas autopropulsadas y máquinas viales.
 
Artículo 2°.- En cualquier momento, las Partes podrán, de común acuerdo, incluir productos automotores comprendidos en la cobertura del Acuerdo. Siempre que una de las Partes formule un pedido de esa naturaleza, la otra Parte deberá examinarlo y darle respuesta en quince (15) días, de forma justificada.

Comercio recíproco
Artículo 3°.- Las Partes otorgarán, de forma recíproca, un arancel de cero por ciento (0%) a las importaciones de los productos automotores comprendidos en los literales a) al c) del Artículo 1° de este Apéndice, que cumplan con las disposiciones de origen del Anexo II (Régimen de Origen) del Acuerdo, en las siguientes condiciones:
Para los productos automotores incluidos en los literales a) y b) del Artículo 1° de este Apéndice:
2002
2003
2004
2005
2006
50 000*
50 000*
50 000
50 000
Libre comercio
*: compuesto por 45 000 unidades para empresas establecidas y 5 000 unidades para no establecidas en las dos Partes.
Los períodos anuales se contarán a partir del 1° de mayo de cada año, hasta el 30 de abril del año siguiente. Las cuotas a que se refiere este literal serán asignadas por la Parte importadora.
b) Para los productos automotores incluidos en el literal c) del Artículo 1° de este Apéndice: libre comercio a partir de la vigencia del Acuerdo.
Artículo 4°.- A partir de la entrada en vigor del Acuerdo las Partes aplicarán un arancel de cero por ciento (0%) a las importaciones del bien clasificado en el ítem 8407.34.00 de la NALADISA.
Las Partes convienen seguir negociando las condiciones de acceso y preferencias para el resto de las autopartes, en un plazo de noventa (90) días contados a partir de la suscripción del presente Acuerdo.
Artículo 5°.- A partir del 1° de enero de 2004, no se hará distinción entre las empresas instaladas y no instaladas a efectos de la distribución de las cuotas establecidas en el Artículo 3° de este Apéndice.
Artículo 6°.- Las disposiciones de este Apéndice se aplican exclusivamente a productos automotores nuevos.

Reglamentos técnicos
Artículo 7°.- Las Partes no podrán adoptar, mantener o aplicar normas y reglamentos técnicos que creen obstáculos innecesarios al comercio.
Artículo 8°.- Las Partes observarán lo dispuesto en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC y en el Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio Mediante la Superación de Barreras Técnicas al Comercio de la ALADI.
Artículo 9°.- Las Partes intercambiarán en un plazo de seis (6) meses las medidas reglamentarias vigentes, e informarán sobre nuevas medidas que se adopten.
Artículo 10.- Las Partes intensificarán la cooperación entre los organismos competentes en la materia a fin de promover el conocimiento mutuo de sus respectivos sistemas y normativa.
Cuando lo estimen necesario, las Partes establecerán pautas y criterios coordinados para la compatibilización de normas y reglamentos técnicos, con vistas a cumplir con el objetivo de armonización establecido en el párrafo primero del Artículo 7° del Acuerdo.

Administración
Artículo 11.- Las Partes velarán por la aplicación de las disposiciones del presente Apéndice y por su perfeccionamiento, informando al Comité Automotor las modificaciones mutuamente acordadas para fines de su formalización en este Apéndice, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8° del Acuerdo.
Artículo 12.- Las Partes se reunirán, al menos una vez por año, con el objetivo de promover la plena incorporación del universo de productos automotores a las disposiciones del presente Apéndice y avanzar en la liberalización, antes de 2006, del comercio bilateral del sector.

Solución de controversias
Artículo 13.- Las controversias que surjan entre las Partes en relación con la interpretación, aplicación o incumplimiento de las disposiciones contenidas en este Acuerdo, serán sometidas al Régimen de Solución de Controversias establecido en el Decimotercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 6.

Acuerdo de Complementación Económica entre la República de Argentina y los Estados Unidos Mexicanos (ACE Nº 6)
ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 6
PROTOCOLO DE ADECUACIÓN

Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de los Estados Unidos Mexicanos y acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación.
CONVIENEN:
Artículo 1°.- Suscribir, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución 140 del Comité de Representantes, artículo 2, párrafo 2, el “Protocolo de Adecuación” del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica N° 6, concertado por sus respectivos Gobiernos cuyo texto y Anexos del Programa de Liberación, forman parte del presente Protocolo.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 2 de la Resolución 132 y 4 de la Resolución 140, los países signatarios podrán promover las rectificaciones que correspondan en caso de que los ajustes registrados alteren a juicio de alguna de las partes el alcance de las concesiones otorgadas y/o recibidas.
La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.
EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos. (Fdo.:) Por el Gobierno de la República Argentina: Jesús Sabra; Por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos: Ignacio Villaseñor.

ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA SUSCRITO ENTRE ARGENTINA Y MÉXICO

Los Plenipotenciarios de los Estados Unidos Mexicanos y de la República Argentina, acreditados por sus respectivos Gobiernos, según poderes presentados en buena y debida forma, depositados en la Secretaría General de la Asociación,
VISTO  El propósito de mejorar el marco de las acciones tendientes a fortalecer la integración regional como medio de estimular el crecimiento individual y conjunto de ambos países.
CONSIDERANDO  La voluntad de consolidar y ampliar las acciones destinadas a fortalecer el comercio y la complementación económica entre los países latinoamericanos;
                      El interés común por adoptar medidas de estímulo permanente para el desvío de corrientes comerciales y de inversión que permitan fortalecer el desarrollo regional;
                      El deseo y la necesidad de conferir bases estables a los programas de intercambio compensado; y
                      La voluntad de ambos Gobiernos de brindar incentivos para que el comercio sirva efectivamente para impulsar las acciones de cooperación, la complementación y el avance tecnológico,
CONVIENEN  En celebrar un Acuerdo de Complementación Económica, de conformidad con el tratado de Montevideo 1980 y la Resolución 2 del Consejo de Ministros de la Asociación, que se regirá por las referidas disposiciones y las normas que a continuación se establecen.

Acuerdo de Complementación Económica Nº 13 entre la República de Argentina y la República de Paraguay



El presente Acuerdo tiene como objetivos:
a. Intensificar y diversificar las relaciones económicas, comerciales y financieras entre los dos países signatarios, en el contexto del proceso de integración establecido por el Tratado de Montevideo 1980;
b. Aumentar el comercio entre los dos países signatarios teniendo como objetivo el equilibrio dinámico del intercambio comercial;
c. Facilitar la instalación de empresas de exportación en el territorio del Paraguay;
d. Promover, con medidas desde la Argentina y del Paraguay, el movimiento de capitales tendientes a la formación de empresas conjuntas en el territorio del Paraguay;
e. Coordinar y complementar las actividades económicas, en especial las agropecuarias, las industriales y las tecnológicas, tendientes a mejorar los sistemas de producción y ampliación de las escalas operativas;
f. Promover las inversiones encaminadas a un aprovechamiento intensivo de los mercados y de la capacidad competitiva de los países signatarios en las corrientes del intercambio regional y mundial;
g. Adoptar medidas tendientes a facilitar el transporte y el comercio;
h. Establecer centros binacionales de control único de fronteras, a fin de facilitar el tránsito de personas, mercaderías y vehículos;
i. Promover la complementación económica de las respectivas áreas fronterizas, a través de programas conjuntos que posibiliten el desarrollo y la integración de dichas áreas;
j. Establecer el marco jurídico apropiado a fin de posibilitar vinculaciones entre la República del Paraguay y una o más provincias de la República Argentina; y
k. Propiciar cualquier iniciativa que tienda a promover y acrecentar la complementación económica entre ambos países.
Acuerdo de Complementación Económica N° 16entre la República Argentina y la República de Chile 
El presente Acuerdo tiene por objeto:

a) Facilitar, expandir y diversificar el intercambio comercial entre los países signatarios;

b) Promover las inversiones recíprocas y fomentar la iniciativa empresaria;

c) Estimular la integración física entre ambos países, a través de la facilitación del transporte, la agilización del tráfico fronterizo y el acceso a los puertos;

d) Facilitar el desarrollo de proyectos de interés común en el ámbito de la industria, la infraestructura, la energía, la minería, el turismo y en otros sectores, especialmente con la activa participación del sector privado.

Artículo 2

El ámbito de aplicación del presente Acuerdo comprenderá el desarrollo gradual y equilibrado entro otras, de las siguientes materias:

a) Facilitación del comercio recíproco y preferencias arancelarias;

b) Normas de acceso a los mercados y prácticas leales de competencia;

c) Normas de pago y crédito;

b) Complementación económica, y

c) Integración Física.


Acuerdo de Complementación Económica Nº 14 entre la República de Argentina y la República Federativa de Brasil

El presente Acuerdo tiene por objeto, entre otros:
a) facilitar la creación de las condiciones necesarias para el establecimiento del Mercado Común entre ambos países signatarios.
b) promover la complementación económica, en especial la industrial y tecnológica, con el fin de optimizar la utilización y movilidad de los factores de producción y de alcanzar escalas operativas eficientes; y
c) estimular las inversiones encaminadas a un intensivo aprovechamiento de los mercados y de la capacidad competitiva de ambos países en las corrientes de intercambio regional y mundial.
Artículo 2.- El Acuerdo comprende todo el universo arancelario de bienes, clasificados de conformidad con la Nomenclatura Arancelaria utilizada por la Asociación.

domingo, 6 de marzo de 2011

MERCOSUR

ACUERDOS COMERCIALES DE URUGUAY


Mercado Común Del Sur (Mercosur)
Las raíces del MERCOSUR son los acuerdos firmados entre Argentina y Brasilen la declaración de Iguazú en 1985 donde se expresaban las intenciones de enfrentar en forma coordinada problemas comunes, fortalecer los sistemas democráticos y reducir la confianza política y tensiones militares mutuas. Este intento fue implementado mediante el Programa de Integracióny Cooperación Económica (PICE), donde las asimetrías en el terreno económico fueron superadas por las coincidencias de orden político. La fase de integración se consolidó en 1998 con la firma del Tratado de Integración Cooperación y Desarrollo cuyo objetivoplanteaba la creación de un área económica común en un período de diez años; también se incluyeron temas tales como: armonización de políticas sectoriales y la necesidad de coordinar políticas monetarias, fiscales, cambiarias y de capital.
Tratado De Asunción
Se crea en 1991 conforme con los países de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay (estados partes) que constituirían el denominado Mercado común del Sur, (MERCOSUR), que debería quedar constituido a partir del 31 de diciembre de 1994. el MERCOSUR constituiría una unión aduanera que permitiría:
1- Libre circulación de
bienes, servicios y factores productivos entre los países.
El establecimiento de un arancel común y la
adopciónde una política comercial común.
2- La
coordinaciónde políticas macroeconómicas y sectoriales entre los estados partes.
3- El compromiso de los estados Partes de armonizar sus legislaciones, para lograr el fortalecimiento del
proceso de integración.
4- El Tratado de Asunción, mediante el cual se instituye un mercado común entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay – el MERCOSUR – dio inicio a un proceso de integración. El cual se ha acelerado en cuanto al alcance de las metas, se ha profundizado en lo que se refiere al grado de integración pactada y se está ampliando con la perspectiva de participación a corto plazo de Chile,
Bolivia, Venezuelay más, a largo plazo, de todos los países de Américadel Sur. A partir del primero de enero de 1995, el MERCOSUR comenzó una nueva fase de su proceso de integración. En esa fecha instauró una organizacióninstitucional permanente y entró en vigencia el arancel externo común, que junto con la liberación de lo esencial del intercambio mutuo, dio lugar a la unión aduanera.
El consejo del mercado común (cmc)
Le corresponde la conducción política y la adopción de decisiones destinada a asegurar el cumplimiento de los objetivosestablecidos por el tratado de asunción. Está integrado por los ministros de relaciones exteriores y los ministros de economía de los estados partes.
El grupo mercado común (gmc)
Es el órgano ejecutivo del MERCOSUR, y goza de facultad de iniciativa. Sus principales funcionesconsisten en: velar por el cumplimiento del Tratado; tomar las providencias necesarias para dar cumplimiento a las decisiones adoptadas por el Consejo; proponer medidas concretas tendientes a la aplicación del Programa de Liberación Comercial, la coordinación de políticas macroeconómicas y a la negociación de acuerdos frente a terceros; finar programas de trabajo que aseguren al avance hacia la constitución del Mercado Común; tomar medidas orgánicas, presupuestarias y administrativas dentro de su competencia; y negociar y firmar acuerdos con terceros, por delegación expresa del CMC.
La comisión de comercio del mercosur (ccm)
Órgano encargado de asistir al grupo mercado común, le compete velar por la aplicación de los instrumentos de política comercial común acordados por los estados partes para el funcionamiento de la unión aduanera, así como efectuar el seguimiento y revisar los temas y materias relacionadas con las políticas comerciales comunes, con el comercio intra mercosur y con terceros países.
Comisión parlamentaria conjunta (cpc)
Órgano representativo de los poderes legislativos de los estados partes, está integrada por igual número de parlamentarios representantes de los estados partes, ocho diputados y ocho senadores, designados por los respectivos poderes legislativos.
Sus principales atribuciones consisten en solicitar a los poderes ejecutivos la
informaciónsobre el mercosur que considere necesaria, así como sugerir medidas que posibiliten el cumplimiento de los objetos del tratado.
La importancia internacional de mercosur depende , por un lado, de la medida en que logre formular una política externa común y ejecutarla satisfactoriamente; por el otro lado, esta importancia dependerá de la alternativa de orden mundial que llegue a prevalecer. Al igual que en el caso de la unión europea, la importancia internacional de mercosur depende de la medida en que logre un consenso interno en
materia de política exterior. Mercosur cuenta, para tal efecto, con condiciones más favorables que la unión europea. Con dos idiomas que permiten un entendimiento recíproco directo y sin intereses externos conflictivos, mercosur reúne todas las condiciones para formular y ejecutar una política externa común.
Comunidad del caribe (caricom)
Organización establecida para promover la unidad regional y coordinar la política económica y exterior en el Caribe. Fundada el 4 de julio de 1973 por el Tratado de Chaguaramas (Venezuela), la CARICOM sustituyó a la Asociación Caribeña de Libre Mercado, que había sido creada en 1965. los miembros de plenos derechos son: Santa Lucía, san Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago. Las Islas Vírgenes británicas y las Islas Turks y Caicos son miembros asociados.
Las Bahamas pertenecen a la comunidad, pero no al Mercado Común creado en su seno.
Países observadores: Anguila,
República Dominicana Haití, Puerto Rico, Surinam, Venezuela.
La sede de la CARICOM se encuentra en Georgetown, Guyana. La Comunidad del Caribe desarrolla tres actividades principales: la cooperación económica a través del mercado Común del Caribe, la coordinación de la política exterior y la colaboración en áreas tales como
agricultura, industria fiscal. La política queda determinada en las conferencias de los jefes de gobierno, en las que también se organizan las finanzasde la comunidad.
El Mercado Común del Caribe, organizado por la CARICOM, se ocupa también del comercio, la industria la
planificacióneconómica y los programas de desarrollo para los miembros menos desarrollados. Su cuerpo directivo es el Consejo del Mercado Común. Entre las prioridades existentes se hallan la aplicación de un sistemaarancelario unificado y el establecimiento de una acuerdo de liquidación de pagos comerciales que sustituyan al sistema de pagos multilaterales, objetivos futuros son la creación de una unión monetaria y de un mercado interno único.
Mercado Común Centroamericano (Mcca)
Organización supranacional de ámbito regional creada mediante el tratado de Managua de 1960 para lograr la integración económica entre Guatemala, honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica; que firmó el tratado en 1962.
Pretendía el total desarme arancelario entre éstos países e imponer un arancel externo común (AEC). Se creó el Mercado Común Centroamericano (MCCA), con el fin de acelerar la integración económica e impulsar el desarrollo regional. Estos cuatro países se comprometieron a construir una unión aduanera ente sus territorios.
El Mercado Común permite el
libre comercio para la mayoría de los productos procedentes de los estados signatarios, establece regímenes especiales de intercambio para algunas mercancías y comprende los siguientes instrumentos de integración económica:
Tratado Multilateral de Libre Comercio de Integración Económica Centroamericano.
Convenio Centroamericano sobre Equiparación de Gravámenes a la
Importación y su Protocolo sobre Preferencia Arancelaria Centroamericana.TratadosBilaterales de libre comercio e integración económica suscritos entre gobiernos centroamericanos.
Tratado de Asociación Económica firmado por Guatemala,
El Salvador y Honduras.
El Mercado Común Centroamericano consta de los siguientes organismos:
Consejo Económico Centroamericano: está compuesto por los ministros de Economía de los países miembros y se encarga de dirigir la integración de las economías de la región y coordinar la
política económica de los estados.
Consejo Ejecutivo: está integrado por dos representantes de cada país y se encarga de la aplicación y
administración del Tratado que dio origen al MCCA.
Secretaría Permanente: con sede en la ciudad de Guatemala, cuenta con un Secretario General nombrado por el Consejo Económico Centroamericano para un periodo de tres años, tiene entre sus funciones velar por el cumplimiento de las resoluciones del Consejo Económico y del Consejo Ejecutivo.
Asociación latinoamericana de integración (aladi)
Es un organismo intergubernamental que, promueve la expansión de la integración de la región a fin de asegurar su desarrollo económico y social y tiene como objeto final el establecimiento de un mercado común. La aladi se fundó en 1981 en sustitución de la asociación latinoamericana de libre comercio alanc, creada veinte años antes, con el fin de ayudar a los miembros de menos recursos, la aladi introdujo un programa de preferencia arancelaria regional (par), organizado según el grado de desarrollo económico de cada país, clasificados en más desarrollados, intermedios y menos desarrollados. De esa forma esperaba fomentar la expansión mutua de los mercados y del comercio; y promover la solidaridad y la amistad.
Durante los últimos años de la década de 1980, el
valor de las exportaciones dentro de la aladi se sitúa alrededor del 11% de las exportaciones totales de todos los miembros.
Sistemas de preferencias andinas.
La Comunidad Andina es una organización subregional con personalidad jurídica internacional constituida por los países de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela y compuesto por los órganos e instituciones del (SAI) Sistema Andino de Integración.
Los mismos ubicados en América del Sur, agrupan a más de 109 millones de habitantes en una superficie de 4.700.00 kilómetros cuadrados y su
ProductoBruto Interno asciende a mas de 292 000 millones de dólares.
Los principales objetivos de la
Comunidad Andina (CAN) son: promover el desarrollo equilibrado y armónico de sus países miembros en condiciones de equidad, acelerar el crecimiento por medio de la integración y la cooperación económica y social, impulsar la participación en el proceso de integración regional, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano y procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de sus habitantes.



ACUERDOS COMERCIALES DE VENEZUELA


La Asociación latinoamericana de Integración (ALADI)

Constituye una tentativa diferente de integración latinoamericana. desarrollada sobre la base de la Asociación Latinoamericana de Libre comercio (ALALC. La Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) se originó del Tratado de Montevideo firmado en agosto de 1980, y representa un nuevo esquema de integración regional.

El objetivo fundamental de la ALADI es: Alcanzar la integración continental mediante la consolidación de corrientes de comercio que aun siendo parciales, es decir, que no abarquen a todos los países miembros, tiendan ala integración global. Para esto será imprescindible:

-Definir el área de preferencias arancelarias para el comercio interregional.
-Concretar los acuerdos de alcance regional.
-Lograr acuerdos de alcance parcial y de complementación.

El Grupo de los tres (G-3)

Integrado por México, Colombia y Venezuela estos países han concretado un acuerdo de libre comercio, conformando de esta manera el llamado Grupo de los tres (G-3. Esto significa que los estados signatarios deben someter los textos correspondientes a los respectivos órganos legislativos para la aprobación que haga firme el acuerdo logrado.

La entrada en vigencia de este acuerdo en 1995, implica: a) La apertura de un programa de liberación de manufacturas, de productos agrícolas y de automotores. b) La posibilidad de mejorarse las condiciones geopolíticas en la cuenca del Caribe, la integración con el Grupo Andino y otros países.

Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Belice

El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Primer Ministro de Belice, Said Musa, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo
Acuerdo de Cartagena
· Los gobiernos de Bolivia, Colombia, el Ecuador, el Perú y Venezuela.
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Costa Rica
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Presidente de la República de Costa Rica, Miguel Ángel Rodríguez, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo.
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y El salvador
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Presidente de la República de El Salvador, Francisco Flores, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Guatemala
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Presidente de la República de Guatemala, Alfonso Portillo, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo.
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Haití
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Presidente de la República de Haití, René Preval, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo.
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Panamá
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y la Presidenta de la República de Panamá, Mireya Moscoso reunidos en Caracas suscriben el Acuerdo.
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Nicaragua
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Vicepresidente de la República de Nicaragua, Enrique Bolaños Gyer, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo
· Acuerdo de cooperación energética entre Venezuela y Republica Dominicana
· El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías y el Presidente de la República Dominicana, Hipólito Mejía, reunidos en Caracas, suscriben el Acuerdo
· Convenio entre el gobierno de la República de Venezuela y el gobierno de los Estados
Unidos de América con el objeto de evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio
· Convenio entre la República de Venezuela y el Reino de Noruega con el objeto de evitar la doble tributación y prevenir la evasión y el fraude fiscal en ambas Naciones.
· Acuerdo con el Gobierno de la República Federativa de Brasil para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, 4 de julio de 1995 .
Por último es importante destacar el rol de  los Tratados comerciales y al respecto los autores citados nos recuerdan que el Tratado Comercial.


Es un acuerdo entre distintos países para concederse determinados beneficios de forma mutua. Se pueden distinguir tres tipos de tratados comerciales: zona de libre comercio, unión aduanera y unión económica.



sábado, 5 de marzo de 2011

ACUERDOS COMERCIALES DE COLOMBIA

Colombia ha venido estructurando una política de integración abierta, gracias a la cual goza de mercados libres en el ámbito latinoamericano.

Tratado de Libre Comercio, (Colombia-Estados Unidos)
   El Tratado de Libro Comercio es un acuerdo celebrado entre Colombia y Estados Unidos con el fin de eliminar los obstaculos al intercambio comercial entre los dos países y  mejorar las condiciones de acceso de sus productos. El acuerdo fue cerrado el 27 de Febrero de 2006, y se espera que entre en vigor a partir de Enero de 2007. 

Comunidad Andina de  Naciones (CAN)
  El esquema de integración económica más importante para Colombia es el de la CAN que funciona bajo el amparo de la ALADI. En virtud de este Acuerdo, Colombia tiene libertad de intercambio comercial con Bolivia, Ecuador y Perú, países miembros de la CAN.

Tratado de Libre Comercio de los Tres (TLC-G3)
  En 1995 entró en vigencia el TLC entre Colombia, Venezuela y México. Con un itinerario de desgravación asimétrica, los aranceles de los tres países se igualarán en un plazo de diez años, integrando un mercado de 145 millones de habitantes con un producto de más de US$ 400,000 millones, teniendo en cuenta los sectores sensibles de cada país

Acuerdo de Complementación Económica con Chile
    En virtud de este acuerdo, se encuentra desgravado el 95% del comercio bilateral que corresponde al 96% del universo arancelario de Colombia. El porcentaje restante quedará totalmente liberado, con un arancel igual a cero, en el 2012. El Acuerdo, además, define una zona de libre comercio mediante la eliminación gradual de los gravámenes aduaneros y de las barreras no arancelarias.

Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)
   Establecida mediante el Tratado de Montevideo de 1980, la ALADI permite la concertación de acuerdos de alcance parcial entre los países y áreas de integración económica de América Latina. Adicionalmente, gracias al Convenio de Pagos Recíprocos el comercio entre los miembros de la Asociación puede canalizarse sin riesgo del intermediario financiero, lo que genera facilidades de crédito tanto al comprador como al proveedor.

Comunidad del Caribe (CARICOM)
   CARICOM es un programa de liberalización del comercio que entró en vigencia a partir del primero de enero de 1995, tomando en consideración la diferencia en los niveles de desarrollo relativo de los países miembros del acuerdo, dentro de los cuales Colombia es el de mayor desarrollo económico relativo. 
Los 12 países miembros de CARICOM que participan como signatarios de este Acuerdo de Alcance Parcial son: Trinidad y Tobago, Jamaica, Barbados, Guyana, Antigua y Barbuda, Belice, Dominica, Granada, Monserrat, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas.

Acuerdo de Complementación Económica MERCOSUR y Colombia
   El Tratado de Libre Comercio entre Colombia, Ecuador y Venezuela (países de CAN) y Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay (miembros del MERCOSUR) entró en vigencia el primero de abril de 2004. Este Acuerdo impulsará la libre circulación de bienes y servicios y la eliminación de las restricciones arancelarias y no arancelarias, con lo cual, se esperan incrementos sustanciales en las exportaciones colombianas.

Colombia en la Cuenca del Pacífico
   Colombia pertenece al Pacific Basin Economic Council -PBEC-, llamado también Club del Pacífico. Esta es una asociación no gubernamental conformada por  los más importantes empresarios de países con costas sobre el Pacífico, cuyo propósito es el de incrementar el mutuo conocimiento,  el flujo de negocios e inversión, la cooperación económica, la transferencia de la tecnología y el turismo, entre otros.