lunes, 7 de marzo de 2011

TRATADOS COMERCIALES ECUADOR

OMC (Organización Mundial de Comercio)



Es miembro desde el 21 de mayo de 1996. Las Partes en el presente Acuerdo,  
Reconociendo que sus relaciones en la esfera de la actividad comercial y económica deben tender a elevar los niveles de vida, a lograr el pleno empleo y un volumen considerable y en constante aumento de ingresos reales y demanda efectiva y a acrecentar la producción y el comercio de bienes y servicios, permitiendo al mismo tiempo la utilización óptima de los recursos mundiales de conformidad con el objetivo de un desarrollo sostenible y procurando proteger y preservar el medio ambiente e incrementar los medios para hacerlo, de manera compatible con sus respectivas necesidades e intereses según los diferentes niveles de desarrollo económico, 
Reconociendo además que es necesario realizar esfuerzos positivos para que los países en desarrollo, y especialmente los menos adelantados, obtengan una parte del incremento del comercio internacional que corresponda a las necesidades de su desarrollo económico, 
Deseosas de contribuir al logro de estos objetivos mediante la celebración de acuerdos encaminados a obtener, sobre la base de la reciprocidad y de mutuas ventajas, la reducción sustancial de los aranceles aduaneros y de los demás obstáculos al comercio, así como la eliminación del trato discriminatorio en las relaciones comerciales internacionales, 
Resueltas, por consiguiente, a desarrollar un sistema multilateral de comercio integrado, más viable y duradero que abarque el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, los resultados de anteriores esfuerzos de liberalización del comercio y los resultados integrales de las Negociaciones Comerciales Multilaterales de la Ronda Uruguay.


COMUNIDAD ANDINA

Es miembro desde mayo de 969. Son propósitos del Parlamento Andino:
    a) Coadyuvar a la promoción y orientación del proceso de integración de la Comunidad Andina;
    b) Sustentar, en la Subregión Andina, el pleno imperio de la libertad, de la justicia social y de la democracia en su más amplio ejercicio participativo;
    c) Velar por el respeto de los Derechos Humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes sobre la materia para todas las Partes Contratantes;
    d) Promover la participación de los pueblos como actores del proceso de integración andina;
    e) Fomentar el desarrollo de una conciencia comunitaria andina; y la integración de la comunidad latinoamericana;
    f) Promover en los pueblos de la Subregión Andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden internacional; y
    g) Contribuir al afianzamiento del sistema democrático, de la paz y la justicia internacionales. Y al derecho de la libre autodeterminación de los pueblos.

Tratado de Libre Comercio Colombia, Ecuador, Venezuela y MERCOSUR (ACE No 59)


Se integró el 18 de octubre de 2004. El presente Acuerdo tiene los siguientes objetivos:
- Establecer el marco jurídico e institucional de cooperación e integración económica y física que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos, en condiciones de competencia entre las Partes Contratantes;

- Formar un área de libre comercio entre las Partes Contratantes mediante la expansión y diversificación del intercambio comercial y la eliminación de las restricciones arancelarias y de las no-arancelarias que afecten al comercio recíproco;

- Alcanzar el desarrollo armónico en la región, tomando en consideración las asimetrías derivadas de los diferentes niveles de desarrollo económico de las Partes Signatarias;

- Promover el desarrollo y la utilización de la infraestructura física, con especial énfasis en el establecimiento de corredores de integración que permita la disminución de costos y la generación de ventajas competitivas en el comercio regional recíproco y con terceros países fuera de la región;

- Promover e impulsar las inversiones entre los agentes económicos de las Partes Signatarias;


- Promover la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica;

- Promover consultas, cuando corresponda, en las negociaciones comerciales que se efectúen con terceros países y agrupaciones de países extra regionales.

Acuerdo de Complementación Económica No 56 entre la Comunidad Andina y MERCOSUR
a) Las Partes Contratantes conformarán un Área de Libre Comercio, cuya negociación deberá estar concluida antes del 31 de diciembre de 2003, mediante la desgravación arancelaria y la eliminación de restricciones y demás obstáculos que afecten el comercio recíproco, a fin de lograr la expansión y diversificación de los intercambios comerciales.

b) El Área de Libre Comercio será formada a partir de la convergencia de los Programas de Liberación Comercial que serán negociados por las Partes Contratantes y/o Signatarias.

c) Establecer un marco jurídico que permita ofrecer seguridad y transparencia a los agentes económicos de las Partes Contratantes.

d) Promover e impulsar las inversiones recíprocas entre los agentes económicos de las Partes Contratantes.

e) Promover el desarrollo y la utilización de la integración física, que permita la disminución de costos y la generación de ventajas competitivas en el comercio regional y con terceros países fuera de la región.


Acuerdo de Complementación Económica Chile - Ecuador (ACE Nº65)
El Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Chile, en adelante las Partes, considerando:

La voluntad de estrechar los lazos especiales de amistad, solidaridad y cooperación entre sus pueblos;

La importancia de fortalecer la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), y alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo de 1980, mediante la concertación de acuerdos bilaterales y multilaterales lo más amplios posibles;

La participación de Ecuador en el Acuerdo de Cartagena y los compromisos que de él se derivan para este país;

Las coincidencias en los lineamentos de las políticas comerciales de los dos países, tanto en materia arancelaria como en las orientaciones básicas de sus políticas económicas;

Las ventajas de ofrecer a los agentes económicos reglas claras y predecibles para el desarrollo del comercio de mercancías y servicios, como para el flujo de las inversiones;

La relevancia que en el desarrollo de ambos países puede tener una adecuada cooperación en las áreas comercial, industrial y de servicios;

El desarrollo de sus respectivos derechos y obligaciones derivados del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y del Tratado de Montevideo de 1980, así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de integración y cooperación de los que sean Parte;

La conveniencia de lograr una participación más activa de los agentes económicos, tanto públicos como privados de ambos países, en los esfuerzos tendientes a incrementar el intercambio recíproco, propendiendo a un equilibrio comercial;

La importancia de fomentar condiciones comerciales, basadas en la equidad y solidaridad, para lograr el mejoramiento del desarrollo social de los pueblos;

La creación de nuevas oportunidades de empleo, la mejora de las condiciones laborales y de los niveles de vida en sus respectivos territorios;

La importancia de emprender todo lo anterior de manera congruente con la protección y la conservación del medioambiente.


Acuerdo de Complementación Económica Ecuador- Uruguay (AAP.CE Nº 28)
El presente Acuerdo tiene por objetivos:
a) facilitar, expandir, diversificar y liberar el comercio entre los países signatarios;

b) promover las inversiones recíprocas y fomentar la iniciativa empresarial;

c) facilitar todas las operaciones asociadas al comercio y la inversión recíproca o las que en conjunto sean concebidas para operar en terceros mercados, mediante la eliminación de obstáculos al transporte, a los flujos financieros y a los restantes servicios vinculados con tales actividades;

d) facilitar el desarrollo de proyectos de interés común en el campo de la complementación económica en todos sus aspectos, como los relacionados con la agricultura, la minería, la industria y la infraestructura;

e) procurar que las corrientes bilaterales de comercio exterior se asienten sobre bases armónicas y equilibradas, tratando de eliminar las asimetrías, con acciones que promuevan la expansión y la corrección dinámica del intercambio;

f) contribuir, en el marco de sus respectivas estructuras subregionales de integración, a reforzar las acciones de convergencias que se vayan acordando entre los referidos procesos.

http://www.sice.oas.org 

No hay comentarios:

Publicar un comentario